Republic of the Philippines
SUPREME COURT
Manila
EN BANC
A.C. No. 77 September 30, 1946
EL PUEBLO DE FILIPINAS, querellante-apelado,
vs.
FERNANDO GUEVARRA y OTROS, acusados-apelantes.
Sres. Alidio, Lainez y Elegir en representacion de losapelantes.
El Primer Procurador General Auxiliar Sr. Reyes y el Procurador Sr. Madamba en representacion del Gobierno.
BRIONES, J.:
Tratase de la apelacion interpuesta por Fernando Guevarray sus tres hijos, Marcos, Emilio y Ciriaco, de lasentencia del tribunal inferior en que se les declara reosde robo con homicidio y se les condena a sufrir cada unola pena de reclusion temporal; a indemnizar a la parte ofendidamancomunada y solidariamente en la suma de P2,660, importe de la propiedad robada; a indemnizar ademas, tambienmancomunada y solidariamente, a los herederos delocciso Eulogio Laylo en la cantidad de P2,000, sin prisionsubsidiaria en caso de insolvencia en ambas indemnizaciones;y a pagar las costas del juicio. Durante la pendenciade esta apelacion Fernando y Marcos han muerto en la carcel; asi que solo queda la causa de Emilio y Ciriaco, y esla que tenemos que decidir ahora.
Las pruebas de la acusacion tienden a establecer los siguienteshechos: Eulogio Laylo, con su esposa, RosarioMagcawas, y su stres hijos pequeños, vivian tranquilamenteen su casita en el barrio de Masalukot II, tambien llamadoQuinte, del municipio de Candelaria, de la que fue provinciade Tayabas, ahora Quezon, despues del cambio de nombredecretado en una ley reciente. En la noche del 12 de Diciembre, 1943, a eso de las 9, — relata Rosario Magcawas — estandoya acostados en la cama pero aun despiertos, Eulogio y ella oyeron que alguien llamaba desde fuera, asi queaquel se levanto para ver por los intersticios de una ventanaquien estaba llamando. En esto tres hombres, cada unoarmado de una pistola, irrumpieron por una puerta y entraronen la casa. Estando ya en la sala apuntaron consus pistolas a Eulogio, diciendole "No te muevas." Demiedo Eulogio alzo ambas manos en señal de sumision, implorandoal mismo tiempo por su vida. Le amarraron ambasmanos, y estando ya asi atado uno de los asaltantesfue a la puerta por el lado Norte, la cual habia sido previamenteforzada, y alli en voz baja dijo a Fernando Guevarraque estaba abajo: "Padre, ya esta amarrado." Rosariodice que Fernando atisbo entonces por la puerta diciendo:"Matadle ya, disparad." Ella oyo entonces a sumarido proferir gritos de dolor, exclamando: " ¡ Ay, Osay, esposa mia, nuestros hijos!," y cuando volvio la cara paramirar a su marido vio que del ojo derecho de este manabasangre. Inmediatamente despues ella oyo tres disparossucesivos dirigidos contra su marido, el cual entonces bamboleoa traves de una puerta hacia el batalan (caida) donde cayo muerto, acribillado el cuerpo a balazos.
Continuando se relato, Rosario dice que despues de haberacabado con su marido los asaltantes le preguntaron a elladonde tenia guardados su dinero, ropa y alhajas, y ellacontesto señalando un baul que Emilio Guevarra abriovaciandolo de su contenido mientras su hermano Marcosllevaba la luz y el otro acusado, Ciriaco, recogia y envolviatodo lo vaciado por Emilio del baul. Entre vestidos, alhajasy pequenas sumas de dinero filipino y japones, losasaltantes se alzaron con una presa avaluada en P2,660.Segun Rosario, antes de marcharse los asaltantes le advirtieronque no diera parte del caso a las autoridades, puesde otra manera la secuestrarian y matarian, pues ellos eranguerrilleros. Las pruebas de cargo tienden a señalar dosmotivos en la perpetracion del crimen: el robo y la venganza. Se alega que Fernando Guevarra y sus hijos estabanresentidos de Eulogio Laylo por haber este exigido que Fernando pagase la cantidad de P300 antes de avenirsea entregarle la credencial de un caballo que habia sidoobjeto de cierto contrato de compraventa.
Los apelantes, Emilio y Ciriaco Guevarra, niegan haberparticipado en el asalto objeto de la querella. La unicapersona que declara haberlos identificado en la noche deautos es Rosario Magcawas, viuda del occiso. La decision, pues, de esta causa tiene que depender principalmente delvalor que se de a su testimonio. Es perfectamente correctala asercion del Procurador General: un solo testimonio, aunsin corroboracion, es a veces suficiente para una conviccion.Sostiene esta doctrina la imponente lista de citas de jurisprudenciaque el Procurador trae en su alegato. Pero condicionala doctrina un requisito importantisimo, a saber:que el testimonio unico pueda resistir al mas severo analisis,dado el conjunto de las circunstancias que rodean el caso. De otro modo, una doctrina de no inferior categoria — dela duda razonable — flota y prevalece para amparar alprocesado.
Hay en autos ciertas sombras y penumbras que obscurecen,a nuestro juicio, el singular testimonio de la viuda. De resultas del crimen, el 13 de Diciembre fueron arrestadosEmilio Guevarra, Ciriaco Guevarra, Marcos Guevarra yAmado Cosico, lod dos primeros apelantes supervivientesen esta causa. El 15 de Diciembre Cosico fue puesto enlibertad. En la tarde de aquel mismo dia 15 FernandoGuevarra (el padre de los Guevarra, ya difunto) fue arrestado.El 17 de Diciembre los policias de Candelaria, utilizandocomo guia a Marcos Guevarra, tambien ya difunto, aprehendieron a Fernando Isaes, Ismael Isaes y Alejandro Alves. El 21 de Diciembre, el jefe de policia de Candelaria, Leonardo Recio, puso en libertad a los apelantes en estacausa, Emilio y Ciriaco Guevarra, por falta de pruebas contraellos.
El 11 de Enero, 1944, el Fiscal Provincial presento unaquerella, por homicidio, solamente contra Fernando Guevarra,Marcos Guevarra e Ismael Isaes. El 24 de Eneroel Fiscal enmendio la querella convirtiendo la acusacion enrobo con homicidio, siendo acusados los mismos individuosultimamente nombrados. Notese que ni en la querella originalni en la enmendada fueron incluidos como acusados Emilio y Ciriaco, los apelantes en la presente causa. Nofue sino un mes despues, el 23 de Febrero, cuando el Fiscal formulo otra querella por robo con homicidio contra Fernando Guevarra y sus tres hijos los nombrados Marcos, Emilio y Ciriaco. Es de advertir que en la investigacionpreliminar celebrada el 22 de Febrero se sobreseyo la causa contra Ismael Isaes.
¿Que significaban todas estas vacilaciones y rectificacionesde los agentes policiacos y aun del mismo ministeriofiscal en relacion con Emilio y Ciriaco Guebarra? ¿Porque se tardo en arrestarlos y, sobre todo, se tardo bastanteen querellarlos? Es mas: ¿por que una vez se les habiapuesto inclusive en libertad por falta de pruebas contraellos? Ello no podia significar mas que una cosa: que el Estado no tenia pruebas contra ellos; que no es verdad quela viuda los habia podido identificar en la ocasion de autos; porque si fuera cierto, como declaro despues en el juicio, queella los pudo identificar porque los conocia de antemano, porlo menos de cara, y sabia que eran hijos de Fernando, lomas natural es que ella hubiese revelado inmediatamenteeste hecho a sus allegados y a las autoridades en vez dedejarlos en suspenso no solo por dias, sino hasta por semanas,al punto de que los agentes del orden hubieron dearrestar a varios individuos que despues tuvieron que serpuestos en libertad porque nada tenian que ver con elcrimen. Esta viuda no solo no hizo lo que naturalmentehubiese hecho si fuese verdad que ella pudo identificar alos apelantes como participes en el asalto, sino que en tresdeclaraciones escritar que hizo despues del suceso ningunamencion hizo de dichos apelantes o de alguna circunstanciaque pudiera inducir a pensar que ella los habia reconocidoe identificado en la ocasion de autos. La primera de dichasdeclaraciones fue hecha el 15 de Diciembre, 1943, ante elsargento Eligio Manalo y jurada ante el alcalde Javier; laseguna fue jurada por ella ante el Fiscal el 13 de Enero,1944, es decir, dos dias despues de haberse presentado laquerella original donde, excusado es decirlo, no figurabanlos apelantes Emilio y Ciriaco como acusados; y la tercerafue un affidavit prestado por ella ante el mismo Fiscal Provincialel 8 de Febrero, 1944. Una muestra tipica de susprimeras manifestaciones — las que se suponen espontaneaspor haberse hecho 3 dias despues del suceso — es lo que ella, la viuda, dijo al citado alcalde Javier cuando este le preguntoquien o quienes habian matado a su marido; segunJavier, "ella no pudo asegurarme quien porque era denoche."
Asi que cuando varias semanas despues — primero en lainvestigacion preliminar y despues en el juicio — vemos queella señala ya decididamente a Emilio y Ciriaco Guevarra como participes en el asalto, dando una profusion de detalles, como eso de que Emilio fue quien vacio el baul de sucontenido mientras Marcos sostenia la luz para alumbrar laescena y Ciriaco envolvia y empacaba el despojo, no tenemosmas remedio que quedar maravillados ante la inesperaday estupenda metamorfosis: de un casi completo silencio, apagon en punto a datos y noticias, a un cumulo abundantede pormenores. La oscilacion del pendulo es demasiado violenta para que pueda parecernos normal y creible. La asercion de que las indecisiones, vacilaciones, rectificacacionese incongruencias de la prosecucion se debieron acierta desorientacion causada por una supuesta confesion extrajudicial de Fernando Guevarra asumiendo exclusivamentela responsabilidad del crimen juntamente con su hijoMarcos, nos parece harto forzada y hasta futil para merecerseria consideracion.
Por tanto, no habiendose probado la culpabilidad de losapelantes fuera de toda duda razonable, ser revoca la sentenciay se les absuelve de la querella, con las costas de oficio.
Asi se ordena.
Moran, Pres., Paras, Feria, Pablo, Perfecto, Hilado, Bengzon, Padilla y Tuason, MM., estan conformes.
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