Republic of the Philippines
SUPREME COURT
Manila

EN BANC

G.R. No. L-17             October 10, 1945

EL PUEBLO DE FILIPINAS, demandante-apelado,
vs.
ARCADIO RELEÑAS Y REYES, demandado-apelante.

Sres. Ulpiano Dumaual y Ruperto Kapunan, Jr., en representacion del apelante.
El Procurador General Auxiliar Interino Sr. Amparo y el Procurador Interino Sr. Feria en representacion del Gobierno.


PABLO, J.:

Despues de la medianoche del 7 de mayo de este año, el Sargento Reginald del Ejercito de los Estados Unidos, mientras estaba en busca de un revolver que habia desaparecido del cuarto de guardia, vio al acusado salir de su casa que esta cerca del Rizal Stadium, Malate, Manila, llevando algo escondido. Despues de hacer el sargento algunas indagaciones entre los que encontro en su camino, fue al lugar donde se habia constituido el acusado, dio un puntapie a un monton de escombro y encontro el revolver — no lo que buscaba — de calibre 45, No. 459939. Lo recogio, fue a la casa del acusado y le pregunto de quien era, y este contesto que era suyo. Le pregunto, ademas, de quien era la casa cerca de la cual encontro el revolver, y contesto que era de el. Le arresto inmediatamente, le llevo a la estacion de policia y le entrego al sargento de mesa. Este pregunto al acusado si el revolver era de el, y contesto que si; dicho sargento anoto en el Exhibit A "admitted" en presencia del testigo. El fiscal antes de terminar su interrogatorio, pregunto al acusado si admitia que no poseia licencia para portar armas de fuego antes de ser arrestado y contesto que si.

El articulo 878 del Codigo Administrativo Revisado, tal como esta enmendado por la Ley No. 56 del Commonwealth, declara ilegal la posesion de armas de fuego. El articulo 2692 del mismo codigo, tal como ha sido enmendado por la Ley No. 56 del Commonwealth, castiga la posesion de armas de fuego sin licencia a una pena que no exceda de un ano de prision, o prision con multa de no mas de mil pesos. El acusado no esta incluido entre los que tienen derecho a poseer armas de fuego, sin licencia (art. 879, Cod. Adm. Rev.).

El acusado apelo contra la decision que le impuso un mes de prision, P100 de multa y costas.

La defensa pide la absolucion del acusado por la razon de que este no fue debidamente identificado. Si el testigo Sargento Reginald, por alguna pregunta del Fiscal, hubiese senalado con su dedo indice al acusado y hubiese dicho que era la persona a quien habia arrestado y que habia admitio ser el dueno del revolver encontrado, la identificacion hubiera sido completa. El hecho de que el acusado al llamarse su causa a vista se puso en pie en presencia del Juez, distinguiendose de las demas personas que estaban en la sala; al ser informado de la querella, dio su contestacion de "no culpable"; y como, por otra parte, no habia mas que un solo acusado durante la vista, estaba suficientemente identificado cuando el testigo, al declarar contra el, le llamo "acusado." El testigo Reginald, al relatar como encontro el revolver y por que arresto al acusado, no podia referirse a otra persona mas que al acusado mismo. Si todo esto no fuese suficiente aun para identificar al acusado, su abogado lo subsano completamente con su contestacion:

FISCAL: Does the accused admit that he does not have a license to possess a gun before he was caught?

ATTY. DUMAUAL: YES, he admits. (T.n.t., paginas 4 y 5.) .

Se arguye por la defensa que el testimonio del testigo Reginald es contradictorio. No se especifica, sin embargo, en el alegato cual es la declaracion que sea contradictoria con alguna otra. De la corta declaracion del testigo, que apenas consiste en seis paginas, no encontramos contradiccion alguna. Tampoco encontramos razon alguna para no dar credito al testimonio del testigo.lawphil.net

La ultima defensa alternativa del acusado de que sus testigos si declarasen dirian que el revolver que ha sido encontrado en el monton de escombro, y que se dice estaba en posesion del acusado, ha sido entregado a el por un miembro competente del Ejercito de los Estados Unidos, y el recibio en espera de ser admitido a dicho ejercito mas tarde. Esta prueba — otra indiscutible identificacion del acusado — no constituye defensa; el no estaba autorizado a portar dicho revolver sin licencia debidamente expedida, a menos que estuviese ya admitido como miembro del Ejercito de los Estados Unidos. Las pruebas presentadas prueban, fuera de toda duda, la culpabilidad del acusado, con infraccion de los articulos del Codigo Administrativo Revisado ya citados.

Se confirma la sentencia con las costas del juicio contra el acusado.

Moran, Pres., Ozaeta, Paras, Jaranilla, De Joya, Bengzon y Briones, MM., estan conformes.
Feria, M., se inhibio porque el fiscal que comparecio por la acusacion es su hijo.




Separate Opinions


PERFECTO, M., concurring and dissenting:

Conforme con la condena del acusado, pero soy de opinion de que la pena de prision debe ser reducida a un dia solamente.




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