Republic of the Philippines
SUPREME COURT
Manila

EN BANC

G.R. No. L-46979             January 31, 1940

URSULA ESGUERRA, demandante-apelada,
vs.
LEONORA DE LEON Y ANTONINA DEL ROSARIO, demandadas.
LEONORA DE LEON, apelante.

Los hechos aprecen relacionados en la decision del Tribunal.
Sr. Teofilo Mendoza en representacion de la apelante.
Sr. Juan Ortega en representacion de la apelada.

AVANCENA, J.:

En el abintestato de Silverio de la Cruz promovido por Antonina del Rosario, esta, despues de los tramites correpondientes, fue nombrada administradora. Como tal administradora, presente en aquel expediente su cuenta final con un saldo en contra dela administracion y a favor de ella en la cantidad de P604. Para cobrar este credito pidio autorizacion del Juzgado para vender unterreno bajo su administracion, contitulo expedido a nombre de los herederos legales de Silverio de la Cruz. El Juzgado concedio esta autorizacion y de acuerdo con ella, ntonina del Rosario, como tal administradora judicial, vendio dicho terreno a Leonora de Leon por la acntidad de P400. Otorgada la escritura correspondiente de esta venta, la misma fue aprobada poe el Juzgado. Como consencia de estos tramites el titulo de propiedad del terreno vendido fue transferido vendido fue transferido a nombre de la compradora Leonora de Leon a cuyo nombre se expidio otro cerificado de transferencia por el registrador de titulos.

Cuando Leonora de Leon quizo tomar posesion del terreno por ella comprado, se encontro con la oposicion de Ursula Esguerra, quien presento entoces en el expediente de abin testato de Silverio de la Cruz una peticion para que se dejen sin efecto las ordenes dictadas para la venta del terreno. Proveyendo a esta peticion de Ursual Esguerra, sin que Leonora de Leon fuera notificada de la misma y sin que interviniera en su consideracion, el Juzgado dejo sin efecto la orden nombrando administradora judicial a Antonina del Rosario, la orden aprobando la cuenta de esta y la orden para la venta del terreno, y autorizo a Ursula Esguerra a incoar la accion correspondiente para la nullidad de la venta del terreno.

Ursula Esguerra, que fue nombrada despues administradora del abintestado de Silverio de la Cruz por haberse dejado sin efecto el nombramiento de Antonina del Rosario, presento esta accion contra Leonora de leon para la nulidad de la venta del terreno hecha a ella. El Juzgado declaro nula la venta del terreno hecha a ella. El Juzgado declaro nula la venta del terreno hecha por Antonina del Rosario a favor de leonora de Leon y contra esta resolucion Leonora de leon presento la apelacion que ahora es objeto de nuestra consideracion.

Resulta de lo expuesto que Leonora de leon es, en toda la extencion de la palabra, una compradora de buena fe. El terreno que ella compro aparecia a nombre de los herederos de Silverio de la Cruz y la venta la hizo Antonina del Rosario, como administradora del abintestato de Silverio de la Cruz debidamente nombrada y autorizada para hacer la venta. En tales circunstancias Leonora de leon tenia derecho a descansar en la presuncion de uqe las ordenes dictadas por el Juzgado eran legales.

Por tanto, con revocacion de la sentencia apelada, se absuelve de la demanda a las demandadas con las costas a la apelada. Asi se ordena.

Villa-Real, Imperial, Diaz, Laurel and Concepcion, MM., estan conformes.


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