Republic of the Philippines
SUPREME COURT
Manila

EN BANC

G.R. No. L-46123             January 30, 1940

EL PUEBLO DE FILIPINAS, querellante-apelado,
vs.
SIXTO ESPINO, acusado y apelante.

Sres. Mabanag, Primicias, Abad y Mencias en representacion del apelante.
El Procurador General Sr. Ozaeta y el Auxiliar del Procurador General Sr.
Kapunan, Jr., en representacion del Gobierno.

CONCEPCION, J.:

La unica cuestion legal envuelta en el presente recurso es, si el apelante ha sido puesto o no en doble jeopardy.

Sixto Espino fue acusado en el Juzgado de Paz de Manaoag, Pangasinan, de haber causado lesiones leves a Bonifacio Pranada. Se declaro culpable y fue sentenciado a diez dias de arresto menor y al pago de las costas, pena que ha cumplido. Mas tarde, por el mismo acto que causo las lesiones levesl, el apelante fue acusado del delito de lesiones graves por haberse producido tambien estas por la misma causa, dando lugar el referido acto y las lesiones graves asi producidas, a que Bonifacio Pranada necesitase de asistencia facultativa por 60 dias y se volviese loco. Informado el acusado de la nueva querella en la cual se alegaban claramente todos los efectos de su acto sin excluir el tiempo de curacion de las lesiones graves causadas a su victima y la locura que le sobrevino despues, se declaro culpable; pero, esto no obstante, apelo de la sentencia dictada contra el en la referida nueva causa, y ahora arguye que, habiendo sido ya convicto y sufrido castigo en virtud de la anterior acusacion, por sentencia del juzgado de paz, pusosele en doble jeopardy al procesarle por segunda vez.

Si en el campo especulativo de las teorias pudiera ser interesanto una discusion acerca de si un solo y un mismo acto puede constituir mas de un delito, cuestion que es el fondo en que se desarrolla la teoria del double jeopardy; en el estado actual de nuestro derecho criminal y segun la legislacion vigente, se resuelve claramente esa cuestion en contra de la contension del apelante.

Empezando por nuestra Constitucion, lo que se provee alli es, que "no person shall be twice put in jeopardy of punishment for the same offense". Es decir, nadie podia ser puesto en peligro de ser castigado por el mismo delito; no dice la Constitucion por el mismo acto. (Art. III, sec. 1, subsec. 20, Commonwealth Constitution.)

En el presente caso, el apelante no fue acusado en la segunda querella por el mismo delito del que lo fue en la primera; porque en la primera, la acusacion era por el delito de lesiones leves, mientras que en la segunda es, por el delito de lesiones graves, delito este ultimo distinto del primero por su naturaleza y periodo de curacion.

Antes de nuestra Constitucion, la Ley Jones contenia una prohibicion analoga a la arriba mencionada, pues disponia que "no person for the same offense shall be twice put in jeopardy of punishment." Lo mismo se disponia en el Philippine Bill de 1902. Durante la vigencia de esta ultima ley Congresional; este Tribunal Supremo, en la causa de Estados Unidos contra Diaz (15 Jur. Fil., 128, 135), cuya decision fue confirmada por el Tribunal Supremo de los Estados Unidos (223 U. S., 442), dijo que "la alegacion de que el acusado ha sido ya puesto en jeopardy al ser enjuiciado y condenado en juicio de faltas al pago de una multa por el juez de paz de San Carlos, no es procedente, por cuanto que el hecho del cual era responsable, es constitutivo de delito, y dicho juez de paz que le habia juzgado indebidamente no era competente y carecia de jurisdiccion para conocer y entender en un delito", como el de homicidio.

En la causa de los Estados Unidos contra Ledesma y Bernad (29 Jur. Fil., 455) (29 Phil., 431, 433), este Tribunal, apoyandose en la doctrina sentada en el caso de los Estados Unidos contra Diaz, supra, dijo: "As to the appellant Bernad, it is contended that the court below erred in declining to dismiss the information as to him, it appearing that he had been tried in the court of the justice of the peace upon a complaint charging him with the crime of lesiones graves (grave physical injuries) committed upon the person of the complaining witness in this action in the court of the justice of the peace of the municipality of Misamis, and that he hadbeen convicted by the justice of the peace of the offense of lesiones leves (slight physical injuries), the conviction being based upon proof of the identical assault charged and proven in the action instituted in the Court of First Instance. Relying on the authority of the case of United States vs. Diaz (15 Phil., Rep., 123); Diaz vs. United States (223 U. S., 442), we are of opinion that the trial court properly declined to accept the pleas of jeopardy and autrefois convict."

In that case the Supreme Court of the United States said:

'The provision against double jeopardy, in the Philippine Civil Government Act (32 Stat. at L., 691, chap. 1369, par. 5), is in terms restricted to instances where the second jeopardy is for the same offense as was the first. (Gavieres vs. United States, 220 U. S., 338; 55 L. ed., 489; 31 Sup. Ct. Rep.,421). That was not the case here. The homicidecharged against the accused in the Court of First Instance and the assault and battery for which he was tried before the justice of the peace, although identical in some of the elements, were distinct offenses both in law and in fact. The death of the injured person was the principal element of the homicide, but was no part of the assault and battery. At the time of the trial for the latter the death had not ensues, and not until it did ensue was the homicide committed. Then, and not before, was it possible to put the accused in jeopardy for that offense.'

Lo decidido por este Tribunal en el caso de Pueblo contra Martinez (55 Jur. Fil., 6, 10), no ha repelido ni podia repeler, la doctrina sentada en elde Estados Unidos contra Diaz, supra, por la razon de que en la decision de este Tribunal en dicho caso de Martinez, se dijo: "Tambien puede observarse que en los Estados Unidos el principio es que 'el que ha sido condenado por un delito menos grave que aquel de que se le acusa, queda tacitamente absueltodel delito mas grave, y puede invocar la absolucion como obice de una acusacion ulterior por este delito," pero tambien se ha declarado que este principio no es aplicable cuando el tribunal que absolvio o condeno al acusado carecia de competencia para juzgar a este por el delito mas grave (16 C. J., 271)." (Las cursivas son nuestras.)

Por todo lo expuesto, confirmamos la sentencia apelada con la sola modificacion de que la indemnizacion a que el apelante fue condenado a pagar al ofendido debe elevarse a la cantidad de P1,000. Debe acreditarsele, sin embargo, la prision de diez dias que ya tiene sufrida, mas la mitad de la prision preventiva que hubo de sufrir en relacion con esta causa.

Tasense las costas en ambas instancias contra el apelante. Asi se ordena.

Imperial, Diaz, y Moran, MM., estan conformes.
Laurel, M., esta conforme con el resultado.


Separate Opinions

AVANCEŅA, Pres., concurrente:

Estoy conforme con la decision solamente porque al ser condenado el apelante por la primera vez no existia aun el delito por el que se le condeno por segunda vez.

Villa-Real, M., esta conforme con la opinion concurrente de Avanceņa, Pres.


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