Republic of the Philippines
SUPREME COURT
Manila

EN BANC

G.R. No. L-46877             February 27, 1940

EL PUEBLO DE LAS ISLAS FILIPINAS, recurrente,
vs.
FRANCISCO ORFIDA, recurrido.

Los hechos aprerceren relacionados en la decisioin del Tribunal.
El Procurador General Sr. Ozaeta t el Fiscal Auxiliar Sr. Ibaņez, en representacion del recurrente.
Sres. Celebrado y Reyes y D. Agustin Alvarez Salazar en representacion del recurrido.

AVANCEŅA, J.:

El recurrido francisco Orfida fue acusado en el Juzgado de Primera instnacia de Camarines Sur del delito complejo de malversacion de fondos publicos cometido mediante falsifacacion de documentos publicos. El Juzgado le declaro culpabnle solamente del deklito de malversacion y le condeno a la pena correspondienbte. El recurrido apelo contra estadecision ante el Tribunal de Apelaciones,, en el cual el Procurador General pidio que el recurrido fuera ademas condenado por el delito de falsification de documentos publicos. El tribunal de Apelaciones declaro que el recurrido habia sido absuelto en el Juzgado de Primera Instancia del delito de falsificacion y confirmo la decision apelada.

Ahora el Procurador General recurrente ante este Tribunal Supremo contra la decision del Tribunal de Apelaciones para que se imponga al recurrido la pena correspondiente al delito de falsificacion de que se le habia acusado tambien en el Juzgado inferior.

Sin considerar otrois aspectos de la cuestion, declaramos que tanto la decision del Juzgado de Primera Instnacia, como la del Tribunal de Apelaciones, son absolutorias en cuanto al delito de falsificacion acusado y, por tantoi, el Gobierno no puede apelart, mediante el recurso de certiorari, ante este Tribunal Supremo contra la decision del Tribunal de Apelaciones en cuanto absuelve al recurrido del delito de falsification.

Se deniega el recurso, sin especial pronunciamento enh cuanto a las costas. Asi se ordena.

Villa-Real, Imperial, Diaz, Laurel and Moran, MM., estan conformes.


The Lawphil Project - Arellano Law Foundation